Registrado: 04 Oct 2006 Mensajes: 27691 Ubicación: Madrid
Publicado: 29 Oct 2007 22:14Asunto: Reconocimiento,declaración y calificación de grado minusvali
Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de minusvalía.
Sumario:
Artículo 1. Objeto.
Artículo 2. Baremos.
Artículo 3. Calificación de la minusvalía.
Artículo 4. Grado de minusvalía.
Artículo 5. Valoración.
Artículo 6. Competencias: titularidad y ejercicio.
Artículo 7. Competencia territorial.
Artículo 8. Órganos técnicos competentes para la emisión de dictámenes técnico-facultativos.
Artículo 9. Valoración y calificación de grado de minusvalía.
Artículo 10. Resolución.
Artículo 11. Revisión de grado de minusvalía.
Artículo 12. Reclamaciones previas.
DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA. Reconocimiento del tipo de minusvalía.
DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA. Exención de nuevo reconocimiento para los declarados minusválidos en un grado igual o superior al 33 %.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA. Derogación normativa.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA. Facultad de aplicación y desarrollo.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA. Entrada en vigor.
ANEXO 1.
ANEXO 1.A
CAPÍTULO 1. NORMAS GENERALES.
CAPÍTULO 2. SISTEMA MUSCULOESQUELÉTICO.
CAPÍTULO 3. SISTEMA NERVIOSO.
CAPÍTULO 4. APARATO RESPIRATORIO.
CAPÍTULO 5. SISTEMA CARDIOVASCULAR.
CAPÍTULO 6. SISTEMA HEMATOPOYÉTICO.
CAPÍTULO 7. APARATO DIGESTIVO.
CAPÍTULO 8. APARATO GENITOURINARIO.
CAPÍTULO 9. SISTEMA ENDOCRINO.
CAPÍTULO 10. PIEL Y ANEJOS.
CAPÍTULO 11. NEOPLASIAS.
CAPÍTULO 12. APARATO VISUAL.
CAPÍTULO 13. OÍDO, GARGANTA Y ESTRUCTURAS RELACIONADAS.
CAPÍTULO 14. LENGUAJE.
CAPÍTULO 15. RETRASO MENTAL.
CAPÍTULO 16. ENFERMEDAD MENTAL
ANEXO 2. Baremo para determinar la necesidad de asistencia de otra persona
ANEXO 3. Baremo para determinar la existencia de dificultades para utilizar transportes colectivos.
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Publicado: 29 Oct 2007 23:16Asunto:
CAPÍTULO 5.
SISTEMA CARDIOVASCULAR.
En este capítulo se establecen las normas generales para la evaluación de las deficiencias del sistema cardiovascular, así como los criterios para la asignación del porcentaje de discapacidad originado por estas deficiencias.
En primer lugar se establecen normas sobre como y en qué supuestos deben ser valoradas las cardiopatías y a continuación se aportan los criterios que asignan el porcentaje de discapacidad a cada una de las siguientes deficiencias cardÍacas:
Cardiopatías valvulares.
Cardiopatía isquémica.
Cardiopatías congénitas.
Miocardiopatías y cor pulmonale.
Cardiopatías mixtas.
Enfermedades del pericardio.
Arritmias.
En segundo lugar se establecen las normas para la valoración de la hipertensión arterial y se dan los criterios para la asignación del porcentaje de discapacidad derivado de esta patología
Por último se delimitan las normas para valorar deficiencias del sistema vascular periférico, así como los criterios que asignan un porcentaje de discapacidad.
Cardiopatías
NORMAS DE CARÁCTER GENERAL PARA LA VALORACIÓN DE LA DEFICIENCIA ORIGINADA POR CARDIOPATÍAS
1. Únicamente serán objeto de valoración aquellas personas que padezcan una afección cardíaca con un curso clínico de al menos 6 meses desde el diagnóstico e inicio del tratamiento.
2. Cuando esté indicado el tratamiento quirúrgico, la valoración se realizará a partir de los seis meses del postoperatorio. Si el enfermo rechaza dicho tratamiento sin motivo justificado, no será valorable.
3. En el caso de enfermos sometidos a trasplante cardíaco, la valoración se efectuará 6 meses después del mismo, de acuerdo con la función residual. Durante esos seis meses se mantendrá la valoración que previamente tuviera el enfermo. Se combinarán a ésta los efectos del tratamiento inmunosupresor, si los hubiere, siguiendo los criterios del capítulo correspondiente.
4. En determinadas patologías (por ejemplo cardiopatía isquémica), se tendrá en cuenta el riesgo de empeoramiento súbito de la situación clínica del enfermo a pesar del tratamiento adecuado de la enfermedad base.
La mayor o menor frecuencia con que aparecen los episodios agudos, condiciona el grado de limitación para realizar las actividades de la vida diaria, por lo que ha de incluirse como criterio de valoración. Los episodios deberán estar documentados médicamente.
5. La discapacidad no siempre está en relación directa con los datos exploratorios o pruebas complementarias. Por ejemplo, la presencia de un soplo eyectivo aórtico en un individuo anciano es probable que sólo indique esclerosis aórtica; sin embargo una persona con angina estable de pequeños esfuerzos puede tener un ECG intercrisis normal, pero sufre una limitación importante, para cuya evaluación es preciso realizar valoración ergométrica.
6. En caso de miocardiopatías secundarias no se combinarán los porcentajes correspondientes al proceso base, caso de ser conocido, con los de la miocardiopatía, sino que se adjudicará el mayor porcentaje obtenido en cualquiera de ellos. Cuando la miocardiopatía secundaria sea consecuencia de un proceso tratable (por ejemplo miocardiopatía hipertiroidea) no se realizará la valoración hasta al menos seis meses después de haberse comenzado el tratamiento etiológico.
7. El porcentaje de discapacidad originado por Cor Pulmonale Crónico, se combinará con el derivado de la enfermedad respiratoria asociada. Debido a que las enfermedades respiratorias son la causa más frecuente de Cor Pulmonale Crónico, la disnea no se considerará manifestación de este; sólo se tendrá en cuenta la presencia de datos clínicos de insuficiencia cardíaca congestiva y la evidencia electrocardiográfica, radiológica o ecocardiográfica de crecimiento o dilatación de ventrículo derecho.
8. En la valoración de las arritmias, el porcentaje alcanzado no se combinará con el correspondiente a la enfermedad cardiológica base, caso de que ésta exista. En aquellas arrirmias de causa no cardiológica potencialmente tratable (por ejemplo, hipertiroidismo) la valoración no se realizará hasta al menos seis meses después de haberse iniciado el tratamiento etiológico. En cardiopatías arritmógenas con posibilidad de tratamiento médico o quirúrgico (por ejemplo, síndromes de preexcitación, síndromes de QT largo) no se realizará la valoración hasta pasados al menos seis meses desde el inicio del tratamiento.
La descripción subjetiva del enfermo de los síntomas y limitaciones que padece deberá ser contrastada con las pruebas objetivas adecuadas: ECG o monitorización Holter.
Únicamente se valorarán las arritmias paroxísticas sintomáticas en las que no exista indicación de tratamiento con marcapasos o desfibrilador permanentes.
9. En la valoración de la repercusión funcional de una cardiopatía la ergometría permite evaluar la capacidad de trabajo aeróbico del enfermo. Existen en la actualidad múltiples protocolos que relacionan la clase funcional con el exceso de energía consumida durante el ejercicio, expresado en unidades denominadas MET (término que representa múltiplos de la energía metabólica consumida en reposo, y que sirve para valorar el consumo energético durante el ejercicio) (tabla 1)
Es importante recalcar que un estudio ergométrico informa únicamente de la capacidad de ejercicio del enfermo en un momento determinado, pudiendo estar influido por causas independientes de la cardiopatía en sí, como por ejemplo medicación concomitante, colaboración del enfermo o entrenamiento. Estos factores deben tenerse en cuenta a la hora de valorar un diagnóstico ergométrico.
10. Se considerarán signos objetivos de insuficiencia cardíaca congestiva: ingurgitación yugular, edemas y derrames serosos.
11. Las clases funcionales a las que se hace referencia en los criterios para la asignación de grado de discapacidad son las definidas por la New York Heart Association (Criteria Commitee of the New York Heart Association: Nomenclature and entena for diagnosis of diseases of the heart and great vessels, 7th ed. Boston: Little, Brown & Co., 1973):
Clase funcional 1. El paciente tiene enfermedad cardíaca pero no existe limitación de su actividad física.
Clase funcional 2. El paciente tiene una enfermedad cardíaca que produce una limitación leve de su actividad física. El enfermo permanece asintomático en reposo o durante sus actividades habituales. La actividad física superior a la habitual desencadena fatiga, palpitaciones, disnea o dolor anginoso.
Clase funcional 3. El paciente tiene una enfermedad cardíaca que produce una limitación marcada de su actividad física. Se mantiene asintomático en reposo. La actividad física moderada desencadena fatiga, palpitaciones, disnea o dolor anginoso, pero puede desarrollar actividad manteniéndose en reposo o con pequeños esfuerzos.
Clase funcional 4. El paciente tiene una enfermedad cardíaca que conduce a una imposibilidad de realizar actividades físicas sin molestias. Pueden aparecer síntomas de bajo gasto cardíaco, congestión pulmonar o sistémica o angina de pecho incluso en reposo. Cualquier tipo de actividad física incrementa la sintomatología.
CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DEL PORCENTAJE DE DISCAPACIDAD ATRIBUIBLE A DEFICIENCIAS CARDÍACAS
a) Cardiopatías valvulares.
Clase 1: 0%
El paciente padece enfermedad valvular cardíaca detectada mediante la exploración física o pruebas complementarias, manteniéndose en clase funcional 1 de la N.Y.H.A. con o sin tratamiento.
Se incluirá en esta clase el paciente que haya sido sometido a cirugía y cumpla los criterios anteriores.
Clase 2: 1 a 24 %
El paciente padece enfermedad valvular cardíaca detectada mediante la exploración física o pruebas complementarias, manteniéndose en clase funcional 2 de la N.Y.H.A. a pesar del tratamiento con restricción salina y medicación para impedir el desarrollo de síntomas.
Se incluirá en esta clase el paciente que haya sido sometido a cirugía y cumpla los criterios anteriores.
Clase 3: 25 a 49 %
El paciente padece enfermedad valvular cardíaca detectada mediante la exploración física o pruebas complementarias, manteniéndose en clase funcional 2 ó 3 de la N.Y.H.A.
y
Requiere tratamiento continuado con restricción salina y medicación pese a lo cual no se evita la aparición de síntomas
y
Se da una de las siguientes circunstancias:
Existen signos de afectación de cavidades (hipertrofia o dilatación) en la exploración clínica o en las pruebas complementarias, y el grado de estenosis o insuficiencia valvular es de moderado a grave sin que esté indicada su corrección quirúrgica,
o
METS <6> 3 o TMET (protocolo de Bruce) > 3 mm.
Se incluirá en esta clase el paciente que haya sido sometido a cirugía y cumpla los criterios anteriores.
Clase 4: 50 a 70 %
El paciente padece enfermedad valvular cardíaca detectada mediante la exploración física y pruebas complementarias, manteniéndose en clase funcional 4 de la N.Y.H.A.
y
Requiere tratamiento continuado con restricción salina o medicación pese a lo cual se mantiene en insuficiencia cardíaca congestiva refractaria
o
Ha sido sometido a cirugía y continúa en clase funcional 4 de la N.Y.H.A.
Clase 5: 75 %
El paciente presenta patología valvular cardíaca, cumple los parámetros objetivos de la clase 4 y su discapacidad es muy grave, dependiendo de otra persona para realizar las actividades de autocuidado.
b) Cardiopatía isquémica.
Clase 1: 0 %
El enfermo presenta síntomas y/o signos dudosos de cardiopatía isquémica no confirmados mediante ECG, ergometría, estudio radioisotópico y/o coronariografía
o
Está diagnosticado de cardiopatía isquémica y se mantiene asintomático, sin necesidad de tratamiento continuado.
Clase 2: 1 a 24 %
El paciente está diagnosticado de enfermedad coronaria mediante historia clínica y pruebas complementarias: ECG, ergometría, estudio radioisotópico y/o coronariografia,
y
Requiere tratamiento continuado para impedir la aparición de angina o de insuficiencia cardíaca,
y
Se da una de las dos siguientes circunstancias:
En la ergometría el enfermo es capaz de alcanzar el 90% de su frecuencia cardíaca máxima teórica (tabla 2) sin que aparezca depresión del segmento ST, taquicardia ventricular o hipotensión,
o
Presenta episodios anginosos, documentados médicamente, con una frecuencia inferior a 1 al mes a pesar de tratamiento médico adecuado.
Se incluirá en esta clase el enfermo que haya sido sometido a cirugía o angioplastia y cumpla los criterios anteriores.
Clase3: 25 a 49%.
El paciente está diagnosticado de enfermedad coronaria mediante historia clínica y pruebas complementarias: ECG, ergometría, estudio radioisotópico y/o coronariografia (obstrucción superior al 50%), manteniéndose en clase funcional 2 ó 3 de la N.Y.H.A.
y
Requiere tratamiento continuado para impedir la aparición de angina o de insuficiencia cardíaca,
y
Se da una de las siguientes circunstancias:
Presenta episodios anginosos, documentados médicamente, con una frecuencia superior a 1 al mes a pesar de tratamiento médico adecuado
o
METS mayor o igual a 3.
Se incluirá en ésta clase el enfermo que haya sido sometido a cirugía o angioplastia, y cumpla los criterios anteriores.
Clase 4: 50 a 70%.
El paciente está diagnosticado de enfermedad coronaria mediante historia clínica y pruebas complementarias: ECG, ergometría, estudio radioisotópico y/o coronariografía (obstrucción superior al 50%), manteniéndose en clase funcional 4 de la N.Y.H.A.
y
Se da una de las siguientes circunstancias:
Requiere tratamiento dietético o medicamentoso continuado pese a lo que un esfuerzo físico moderado desencadena la aparición de angina o de insuficiencia cardíaca,
o
METS < 3
Se incluirá en ésta clase el enfermo que haya sido sometido a cirugía o angioplastia y cumpla los criterios anteriores.
Clase 5: 75%
El paciente presenta cardiopatía isquémica, cumple los parámetros objetivos de la clase 4 y su discapacidad es muy grave, dependiendo de otra persona para realizar las actividades de autocuidado. _________________ Correo Electronico
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Publicado: 29 Oct 2007 23:16Asunto:
c) Cardiopatías congénitas.
Clase 1: 0 %
El paciente está diagnosticado de una cardiopatía congénita mediante la historia clínica y las pruebas complementarias adecuadas, manteniéndose en clase funcional 1 de la N.Y.H.A.
o
Ha sido sometido a tratamiento quirúrgico y se encuentra en clase funcional 1 de la N.Y.H.A.
Clase 2: 1 a 24 %
El paciente está diagnosticado de una cardiopatía congénita mediante la historia clínica y pruebas complementarias adecuadas, manteniéndose en clase funcional 2 de la N.Y.H.A.
y
Precisa tratamiento dietético y medicamentoso continuado
y
Existe dilatación de las cámaras cardíacas sin datos de cortocircuito derecha-izquierda; o hay evidencia de cortocircuito izquierda-derecha con Qp/Qs 2:1; ó la resistencia vascular pulmonar está elevada hasta un máximo de la mitad de la sistémica, o la afectación valvular es moderada.
Se incluirá en esta clase el paciente que haya sido sometido a cirugía y cumpla los criterios anteriores.
Clase 3: 25 a 49 %
El paciente está diagnosticado de una cardiopatía congénita mediante la historia clínica y pruebas complementarias adecuadas, manteniéndose en clase funcional 2 ó 3 de la N.Y.H.A.
y
Precisa tratamiento dietético y medicamentoso continuado
y
Existen datos de cortocircuito derecha-izquierda; o hay evidencia de cortocircuito izquierda-derecha con Qp/Qs 2:1, ó la resistencia vascular pulmonar está elevada por encima de la mitad de la sistémica, o la afectación valvular (estenosis o regurgitación) es moderada o grave.
Se incluirá en esta clase el paciente que haya sido sometido a cirugía y cumpla los criterios anteriores.
Clase 4: 50 a 70 %
El paciente está diagnosticado de una cardiopatía congénita mediante historia clínica y pruebas complementarias adecuadas, manteniéndose en clase funcional 4 de la N.Y.H.A.
y
Precisa tratamiento dietético y medicamentoso continuado pese a lo cual está sintomático de continuo,
y
Existen datos de cortocircuito derecha-izquierda; o hay evidencia de cortocircuito izquierda-derecha con Qp/Qs 2:1; o la resistencia vascular pulmonar está elevada por encima de la mitad de la sistémica, o la afectación valvular (estenosis o regurgitación) es moderada o grave.
Se incluirá en esta clase el paciente que haya sido sometido a cirugía y cumpla los criterios anteriores.
Clase 5: 75%
El paciente presenta cardiopatía congénita, cumple los parámetros objetivos de la clase 4 y su discapacidad es muy grave, dependiendo de otra persona para realizar las actividades de autocuidado.
d) Miocardiopatías y cor pulmonale crónico.
Se incluyen en este apartado tanto las miocardiopatías idiopáticas (miocardiopatías hipertrófica asimétrica, dilatada y restrictiva primarias) como las secundarias (por ejemplo cardiopatía esclerosa del anciano, cardiopatía hipertensiva en fase dilatada).
Clase 1: 0 %
El paciente padece miocardiopatía o cor pulmonale crónico detectados mediante la exploración física o pruebas complementarias, manteniéndose en clase funcional 1 de la N.Y.H.A con o sin tratamiento
y
No presenta signos de insuficiencia cardíaca congestiva.
Clase 2: 1 a 24 %
El paciente padece miocardiopatía o cor pulmonale crónico detectados mediante la exploración física o pruebas complementarias, manteniéndose en clase funcional 2 de la N.Y.H.A.
y
Requiere tratamiento continuado con restricción salina o medicación.
Se incluirá en esta clase el enfermo que haya sido sometido a cirugía (caso de miocardiopatía hipertrófica idiopática) y cumpla los criterios anteriores.
Clase 3: 25 a 49 %
El paciente padece miocardiopatía o cor pulmonale crónico detectados mediante la exploración física o pruebas complementarias, manteniéndose en clase funcional 2 ó 3 de la N.Y.H.A.
y
Requiere tratamiento continuado con restricción salina o medicación pese a lo que no se evita la aparición de síntomas.
Se incluirá en esta clase el enfermo que haya sido sometido a cirugía (caso de miocardiopatia hipertrófica idiopática) y cumpla los criterios anteriores.
Clase 4: 50 a 70 %
El paciente padece miocardiopatía o cor pulmonale crónico detectados mediante la exploración física o pruebas complementarias, manteniéndose de forma crónica en clase funcional 4 de la N.Y.H.A, a pesar del tratamiento continuado.
Se incluirá en esta clase el enfermo que haya sido sometido a cirugía (caso de miocardiopatia hipertrófica idiopática) y cumpla el criterio anterior.
Clase 5: 75 %
El paciente padece miocardiopatía o cor pulmonale crónico, cumple los criterios objetivos de la clase 4 y la discapacidad es muy grave, dependiendo de otra persona para realizar las actividades de autocuidado.
e) Cardiopatías mixtas.
En estos supuestos se asignará el mayor porcentaje de discapacidad alcanzado en la valoración de cada uno de los componentes de la cardiopatía.
f) Enfemedades del pericardio.
Clase 1: 0 %.
El paciente padece enfermedad pericárdica detectada mediante la exploración física o pruebas complementarias
y
No presenta signos de insuficiencia cardíaca congestiva.
Se incluirá en esta clase el enfermo que haya sido sometido a cirugía y cumpla los criterios anteriores.
Clase 2: 1 a 24 %
El paciente padece enfermedad pericárdica detectada mediante la exploración física y pruebas complementarias, manteniéndose en clase funcional 2 de la N.Y.H.A.
y
Presenta signos de insuficiencia cardíaca congestiva y precisa tratamiento continuado sin que se corrija totalmente la insuficiencia.
Se incluirá en esta clase el enfermo que haya sido sometido a cirugía y cumpla los criterios anteriores.
Clase 3: 25 a 49 %
El paciente padece enfermedad pericárdica detectada mediante la exploración física y pruebas complementarias, manteniéndose en clase funcional 2 ó 3 de la N.Y.H.A.
y
Presenta signos objetivos de insuficiencia cardíaca congestiva (ver punto 10 de normas generales)
y
Precisa tratamiento continuado sin que se corrija totalmente la insuficiencia cardíaca congestiva.
Se incluirá en ésta clase el paciente que haya recibido tratamiento quirúrgico y cumpla los criterios anteriores.
Clase 4: 50 a 70 %.
El paciente padece enfermedad pericárdica detectada mediante la exploración física y pruebas complementarias, manteniéndose en clase funcional 4 de la N.Y.H.A.
y
Presenta insuficiencia cardíaca congestiva de forma continuada,
y
Precisa tratamiento continuado sin que se corrija totalmente la insuficiencia cardíaca congestiva.
Se incluirá en ésta clase el paciente que haya recibido tratamiento quirúrgico y cumpla los criterios anteriores.
Clase 5: 75 %
El paciente padece enfermedad pericárdica, cumple los criterios objetivos de la clase 4 y la discapacidad es muy grave, dependiendo de otra persona para realizar las actividades de autocuidado.
g) Arritmias.
Clase 1: 0 %
El paciente padece arritmia detectada mediante ECG, manteniéndose asintomático con o sin tratamiento médico, eléctrico o quirúrgico.
Clase 2: 1 a 24 %
El paciente padece arrirmia crónica, detectada mediante ECG o Holter,
y
Precisa tratamiento continuado con medicación, no estando indicado tratamiento con marcapasos o desfibrilador permanentes, pudiendo presentar episodios agudos con frecuencia inferior a 2 mensuales.
Clase 3: 25 a 49 %
El paciente padece arrirmia, detectada mediante ECG o Holter,
y
Precisa tratamiento continuado con medicación, no estando indicado tratamiento con marcapasos o desfibrilador permanentes, pese a lo que tiene episodios agudos con una frecuencia de 2 o más episodios mensuales.
Hirpertensión arterial
NORMAS DE CARÁCTER GENERAL PARA LA VALORACIÓN DE LA DEFICIENCIA ORIGINADA POR HIPERTENSIÓN ARTERIAL
1. Se define como hipertensión arterial una presión diastólica superior a 100 mm Hg y una presión arterial sistólica superior a 160 mm Hg, mantenidas durante más de seis meses en al menos tres determinaciones.
Únicamente serán objeto de valoración aquellas personas diagnosticadas de Hipertensión arterial con un curso clínico no inferior a seis meses desde el diagnóstico e inicio del tratamiento.
2. Los criterios para la asignación del porcentaje de discapacidad debida a la hipertensión, se dividen únicamente en dos clases.
La discapacidad originada por deficiencias de otros aparatos o sistemas consecuencia de la Hipertensión arterial tales como retinopatía, cardiopatía, secuelas neurológicas o nefropatía, serán evaluadas siguiendo los criterios establecidos en los capítulos correspondientes y deberán combinarse, si procede, a la valoración dada a la H.T.A.
CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DEL PORCENTAJE DE DISCAPACIDAD ATRIBUIBLE A HIPERTENSIÓN ARTERIAL
Clase 1: 0 %
El paciente presenta Hipertensión arterial definida, manteniéndose asintomático,
y
Precisa restricción dietética o medicación de forma continuada,
y
No presenta anomalías en la función renal ni análisis de orina, ni historia de enfermedad vascular cerebral, ni datos de crecimiento e hipertrofia de ventrículo izquierdo.
Clase 2: 1 a 24 %
El paciente presenta hipertensión arterial definida, manteniéndose asintomático
y
Precisa restricción dietética o medicación de forma continuada
y
Presenta de forma crónica alguna de las siguientes alteraciones:
Anomalías en el análisis de orina (proteinuria, sedimento patológico) sin alteración de la función renal evidenciada por disminución del aclaramiento de creatinina,o
Historia de enfermedad vascular cerebral previa sin sintomatología residual crónica, o
Crecimiento e hipertrofia de ventrículo izquierdo detectados mediante ECG, radiología o ecocardiografía, sin clínica de insuficiencia cardíaca, o
Cambios hipertensivos en el fondo de ojo sin exudados ni hemorragias, o
Cifras tensionales crónicamente superiores a 200 mm Hg de sistólica y 120 de diastólica, a pesar de adecuado tratamiento dietético (restricción salina y, caso de obesidad, calórica) y medicamentoso.
Sistema vascular periférico
NORMAS DE CARÁCTER GENERAL PARA LA VALORACIÓN DE LA DEFICIENCIA ORIGINADA POR PATOLOGÍA DEL SISTEMA VASCULAR PERIFÉRICO
1. Las enfermedades del sistema vascular periférico son a menudo susceptibles de corrección mediante tratamiento quirúrgico o con angioplastia transluminal. La valoración se realizará una vez transcurridos seis meses desde el diagnóstico e inicio del tratamiento. En caso de que un paciente rechace el tratamiento indicado, sin causa justificada, no será valorable.
2. Las enfermedades de las arterias periféricas se manifiestan con isquemia, cuya intensidad puede llevar a la indicación de amputación. Las enfermedades de las venas y los linfáticos se manifiestan con éxtasis retrógrado, que puede llegar a causar dermatitis o úlceras de éxtasis.
Las amputaciones que deriven de patología vascular se valorarán según los criterios del capítulo referido al Sistema Musculoesquelético. Si después de la intervención persiste el problema vascular, el porcentaje de discapacidad derivado de éste se combinará con el correspondiente a la amputación.
En el supuesto de que la enfermedad vascular periférica produzca alteraciones cutáneas, el porcentaje de discapacidad originado por la deficiencia vascular no se combinará con el atribuible a la manifestación dermatológica.
3. La calificación será revisable cada dos años.
CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DEL PORCENTAJE DE DISCAPACIDAD ATRIBUIBLE A DEFICIENCIAS DEL SISTEMA VASCULAR PERIFÉRICO
Clase 1: 0 %
Patología arterial: el paciente está diagnosticado de enfermedad arterial pero no tiene claudicación intermitente ni dolor en reposo (Fontaine I)
Patología venosa o linfática: presenta edema de la extremidad sólo de forma transitoria o edema crónico de la extremidad, controlable o no con compresión elástica, sin hipodermatitis crónica.
Clase 2: 1 a 24 %
Patología arterial: el paciente presenta claudicación intermitente en extremidad inferior cuando camina en llano a paso normal una distancia superior a 150 m (Fontaine II A), o en extremidad superior cuando realiza ejercicio físico intenso
o
Padece fenómeno de Raynaud a temperaturas superiores a 10° C con frecuencia de más de 4 episodios al mes.
Patología venosa o linfática: el paciente presenta edema crónico de la extremidad que no se controla con compresión elástica y dermatitis de estasis crónica con o sin ulceración.
Clase 3: 25 a 49 %
Patología arterial: el paciente presenta claudicación intermitente en extremidad inferior cuando camina en llano a paso normal una distancia inferior a 150 metros (Fontaine IIB), o en extremidad superior cuando realiza ejercicio físico moderado o leve ó presenta síndrome de robo de la subclavia.
También se incluirá en ésta clase cuando sufra dolor en reposo (Fontaine III) o necrosis isquémica distal que no impide la deambulación.
Patología venosa o linfática: presenta elefantiasis con o sin dermatitis de estasis crónica que dificulta la deambulación.
Clase 4: 50 a 70 %
Patología arterial: el paciente presenta necrosis isquémica no debida a ateroembolismo, embolismo arterial, Raynaud ni vasculitis que le impide deambular
y
No está indicado el tratamiento quirúrgico.
Las amputaciones que deriven de patología vascular se valorarán según los criterios del capítulo referido al Sistema Musculoesquelético. Si después de la intervención persiste el problema vascular, el porcentaje de discapacidad derivado de éste se combinará con el correspondiente a la amputación.
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